Decreto N° 2766-2022
Modifica el Decreto Nº 1245-2022 sobre montos de contrataciones y el Decreto 2289-2021 sobre el programa Vertice Educativo.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. 3531 del 12-08-22.-
Dictado el 25-07-22 .-
Operador del digesto: M.L.E.-
Artículo 1º.-Sustitúyese, a partir del 1 deagosto de 2022, el artículo 32 del Decreto N° 1245/22, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 32.-Autorízase a la Dirección General de Planeamiento, con la aprobación previa del Ministro de Educación, cualquiera sea el importe, a la contratación directa sin límite de monto y hasta la suma mensual de PESOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO ($ 37.325) por cada persona que se contrate para prestar servicios en el marco del Programa Provincial "Vértice Educativo creado por Ley N° 3149".
Artículo 2º.-Sustitúyese, a partir del 1 de agosto de 2022, el artículo 2° del Decreto N° 2289/21 el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 2°.-Determínase que quienes cuenten con número de afiliado por ser agentes de la Administración Pública Provincial y se desempeñen en el Programa "Vértice Educativo", percibirán un suplemento no remunerativo y no bonificable que será abonado mensualmente a partir de agosto de 2022, por los montos que seguidamente se determinan y de acuerdo a la función: Educador Comunitario y/o Asistente Territorial: PESOS VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS QUINCE ($ 28.615). Director Responsable Territorial: PESOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE ($ 17.920). Tallerista: PESOS CATORCE MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS ($ 14.186)”.
Artículo 3°.-El gasto que demande el cumplimiento del artículo 2° del presente Decreto se imputará a las partidas de Personal del Presupuesto vigente, -teniendo en cuenta la consideración de la situación de revista presupuestaria de los y las agentes, mientras que el gasto que demande la celebración de los contratos referidos en el artículo 1 ° se imputará a la Partida Presupuestaria N° 8825.
Artículo 4°.-Déjase sin efecto, a partir de la fecha, el Decreto N° 4671/21, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes