Decreto N° 3252-2023
Modifica el Decreto Nº 310-2023
sobre monto de contratación.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O.
3584 del 18-08-23.-
Dictado el 28-07-23.-
Operador del Digesto:
M.L.E.-
Artículo 1º.- Sustitúyese, a partir del 1 de
agosto de 2023, el artículo 32 del Decreto N° 310/23,
el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo
32.- “Autorízase a la Dirección General de Planeamiento, con la aprobación
previa del Ministro de Educación, cualquiera sea el importe, a la contratación directa
sin límite de monto y hasta la suma mensual de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS
CUARENTA Y OCHO ($ 53,748) por cada persona que se contrate para prestar
servicios en el marco del Programa Provincial “Vértice Educativo creado por Ley
N° 3149”.
Artículo 2º.- Sustitúyese, a partir del 1 de
agosto de 2023, el artículo 2° del Decreto N° 2289/21
el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo
2°.- Determínase que quienes cuenten con número de afiliado por ser agentes de la
Administración Pública Provincial y se desempeñen en el Programa “Vértice
Educativo”, percibirán un suplemento no remunerativo y no bonificable que será
abonado mensualmente a partir de agosto de 2023, por los montos que
seguidamente se determinan y de acuerdo a la función:
-Educador
Comunitario y/o Asistente Territorial: PESOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCO
($ 41.205).
-Director
Responsable Territorial: PESOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CUATRO ($ 25.804).
-Tallerista:
PESOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE ($ 20.427).”