DECRETO Nº 4049-2016
Reglamenta las contrataciones del Decreto Nº 1656/16
Estado de la norma: DEROGADO por Decreto Nº 1714-2019.
Publicado en B.O. Nº 2983 del 07-12-16.-
Dictado el 29-11-16.-
Operador del Digesto: Y.A.C.-
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 911/13 se aprobó los contenidos de los programas “Talleres de Contención y Reinserción”, “Capacitación y Supervisión” y “Cuidado y Asistencia por idóneos a personas en situación de vulnerabilidad bio - psico - social”;
Que a través del artículo 38º del Decreto Nº 1656/16 se autorizó a los Ministros de Desarrollo Social y de Salud, a la Contratación, sin límites de montos y hasta la suma mensual de PESOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS ($16.800) por cada profesional, técnico o idóneo que se contrate para llevar adelante los Programas establecidos en el Decreto Nº 911/13;
Que a los efectos de una mejor administración, se hace necesario establecer un mecanismo acorde a las actuales necesidades de contratación;
Que en consecuencia es necesario dictar la medida legal pertinente;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Establécese que las contrataciones mencionadas en el artículo 38 del Decreto Nº 1656/16, que realicen los Ministerios de Desarrollo Social y de Salud, deberán contar con la previa autorización del Señor Gobernador.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Desarrollo Social y los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas;
Artículo 3º.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Desarrollo Social y al Ministerio de Salud a sus efectos.-