Decreto N° 1865-2020
Modifica los Decretos Nº 1714-19
sobre montos de contratación y Nº 1531-19 del Programa Educativo Vértice. [1]
Estado de la norma: VIGENTE
Publicado en el B.O. 3428 del 21-08-20.-
Dictado el 07-08-20.-
Operador del Digesto: M.L.E.
Artículo 1°.-Sustitúyese el artículo 32 del Decreto N° 1714/19, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 32.-Autorízase al Ministerio de Educación, cualquiera sea el importe, a la contratación directa sin límite de monto y hasta la suma mensual de PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000,00) por cada persona que se contrate para prestar serviciosen el marco del Programa Provincial “Vértice Educativo”.”.
Artículo 2°.-Sustitúyese el artículo 2° del Decreto N° 1531/19, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2°.-Determínase que quienes cuenten con número de afiliado por ser agentes de la Administración Pública Provincial y se desempeñen en el Programa “Vértice Educativo”, percibirán un suplemento no remunerativo y no bonificable que será abonado mensualmente a partir de agosto de 2020, por los montos que seguidamente se determinan y de acuerdo a la función:
-Educador Comunitario y/o Asistente Territorial: PESOS TRECE MIL OCHOCIENTOS ($ 13.800,00).
-Director Responsable Territorial: PESOS OCHO MIL SEISCIENTOS CUARENTA ($ 8.640).
-Tallerista: PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($ 6.840)