DECRETO Nº 171-2021

Sustitúyanse  los  montos  de  los  haberes  del  personal de la Administración  Pública Provincial consignados en los Decretos N° 3463/20 y Nº 7/21.[1]

 

 

 

Estado de la Norma: VIGENTE.

Publicado en Sep. del B.O. Nº 3463 del 23-04-21.-

Dictado el 08-02-21.-

Ratificado por  art. 49 de Ley Nº Nº 3403.-

Operador de Digesto: M.L.E.-

 

 

 

 

Artículo 1°.-Sustitúyanse  los  montos  de  los  haberes  del  personal  de    la    Administración  Pública Provincial consignados en los Anexos XIII a XXIV del Decreto N° 3463/20 y en los Anexos I a XV del Decreto N° 7/21, por la vigencia y conceptos que para cada categoría que se consignan en los Anexos I a  XII  y  XIII  a  XXVII,  respectivamente,  que  forman  parte  integrante  del  presente decreto.

 

Artículo 2°.-El gasto que demande  la atención  del  presente se imputará a las partidas específicas del presupuesto 2021.

 

Artículo 3°.-Comuníquese a la Cámara de Diputados de acuerdo con lo establecido en el  artículo2º último párrafo de la Ley Nº 1238.


 

 



[1] Nota: Título dado por el Digesto.