DECRETO Nº 171-2021
Sustitúyanse los montos de los haberes del personal de la Administración Pública Provincial consignados en los Decretos N° 3463/20 y Nº 7/21.[1]
Estado de la Norma: VIGENTE.
Publicado en Sep. del B.O. Nº 3463 del 23-04-21.-
Dictado el 08-02-21.-
Ratificado por art. 49 de Ley Nº Nº 3403.-
Operador de Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-Sustitúyanse los montos de los haberes del personal de la Administración Pública Provincial consignados en los Anexos XIII a XXIV del Decreto N° 3463/20 y en los Anexos I a XV del Decreto N° 7/21, por la vigencia y conceptos que para cada categoría que se consignan en los Anexos I a XII y XIII a XXVII, respectivamente, que forman parte integrante del presente decreto.
Artículo 2°.-El gasto que demande la atención del presente se imputará a las partidas específicas del presupuesto 2021.
Artículo 3°.-Comuníquese a la Cámara de Diputados de acuerdo con lo establecido en el artículo2º último párrafo de la Ley Nº 1238.