Tribunal  de Cuentas  de  la  Provincia  de La  Pampa

 

 

 

 

 

 

Disposición Nº 07-2007

Información a brindar a la Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería por las empresas que desarrollen actividades de exploración y explotación y transporte de hidrocarburos que operen en la Provincia de La Pampa[1]

 

Publicado en B.O. 2739 del 08-06-2007.-

Dictado el 23-05-2007.-

 

 

           Art. 1º.- Las empresas que desarrollen actividades de exploración y explotación y transporte de hidrocarburos que operen en la Provincia de La Pampa, deberán suministrar cuatrimestralmente a ésta Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería, la información requerida en las Resoluciones de Secretaría de Energía (SEN) N° 319/93, 2057/05 y 324/06 y sus respectivos Anexos complementarios.­-

       

        Art. 2º.- Las empresas deberán también brindar a la Subsecretaría la siguiente información documentada de interés particular, a saber:

        a) Composición del personal que trabaja en la empresa en relación de dependencia, cantidad de contratados. Convenios Colectivos de Trabajo que los rigen.­-

        b) Empresas contratistas y subcontratistas que se desempeñan en el sector, indicando si son locales, nacionales o extranjeras; descripción del servicio que prestan y/o actividades que desarrollan: personal vinculado a la misma, domicilio, teléfono y dirección de e-mail.­-

       

        Art. 3º.- La información que se requiere, será suministrada con carácter de declaración jurada, firmada por representante con poder suficiente y certificada por Escribano Público. Dicha información deberá ser presentada también en soporte magnético.­-

       

        Art. 4°.- Se otorga un plazo de 30 días, a fin de dar cumplimiento a lo establecido precedentemente, contados a partir de la notificación de la presente.­-

 



[1] Nota de Redacción: Título dado por redacción digesto interno.