Modificación Art. 16 – Reglamento de Préstamos Personales
Publicado en B.O. 2818 del 12-12-2008.-
Dictado el 04-12-2008.-
Operador de Digesto: M. B.-
Expediente nº 52.032-8 – Cpo. 4/04.-
Santa Rosa, 4 de Diciembre de 2008.
VISTO:
Las modificaciones dispuestas por el Decreto nº 3.252/08; y
CONSIDERANDO:
Que corresponde efectuar las adecuaciones pertinentes en el Reglamento de Préstamos Personales aprobado por Resolución General nº 179/04;
Que Asesoría Letrada y Auditoría Interna han intervenido las presentes actuaciones;
Que la Norma Jurídica de Facto 1.170 (t.o. 2.000) en su artículo 11, inciso n), faculta al Presidente a tomar decisiones en caso de urgencia, “ad-rederendum” del Directorio;
POR ELLO:
EL PRESIDENTE, “AD-REFERENDUM” DEL
DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- Modifícase, para los acuerdos que se efectúen a partir del 1 de diciembre de 2008, el apartado “Interés” del artículo 16 del Reglamento de Préstamos Personales, de la siguiente forma:
“Interés: Será fijado por la Presidencia mensualmente, aplicando lo establecido en el artículo 1º del Decreto nº 3.252/08”.-
Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa y pase a la Gerencia General del Servicio de Previsión Social a sus efectos.-
C.P.N. Miguel Antonio TAVELLA, Presidente.-