RESOLUCIÓN GENERAL Nº 35-2012 -DGR-
ESTABLECE LA ALÍCUOTA DE PERCEPCIÓN DEL 2,5% EN OPERACIONES DE
IMPORTACIÓN.[1]
Estado de la Norma: VIGENTE.
Publicada en B.O. Nº 3025 del 29-11-12.-
Dictada el 19-11-12.-
Operador de Digesto: R. S.-
Santa Rosa, 19 de Noviembre de 2012
VISTO;
La Resolución General Nº 28/03 y;
CONSIDERANDO;
Que por la misma se designó Agente de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a la Administración General de Aduanas para las operaciones de importación definitiva de mercaderías y bienes que ingresen al territorio aduanero general;
Que la Comisión Arbitral, en representación de las jurisdicciones adheridas ha celebrado con fecha 30 de Abril de 2003 un convenio con la Administración Federal de Ingresos Públicos para practicar percepciones en las operaciones citadas precedentemente;
Que en la reunión Plenaria de Representantes ante los Organismos del Convenio Multilateral llevada a cabo el 18 de Octubre de 2012 se acordó elevar al 2,5% la alícuota del sistema de percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos ;
Que a tal fin resulta necesario adecuar la alícuota de percepción que deberá aplicar el Agente designado mediante la Resolución General antes citada;
POR ELLO y en ejercicio de las facultades conferidas por el Código Fiscal (t.o. 2010);
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1º.-Establecer que la Dirección General de Aduanas, en su carácter de Agente de Recaudación designado con el Nº 60102/9 deberá aplicar en las operaciones de importación en que intervenga para la Provincia de La Pampa la alícuota de percepción del 2,5%.-
Artículo 2º.-La presente tendrá vigencia a partir de la comunicación a la Administración Federal de Ingresos Públicos por parte de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18de Agosto de 1977.-
Artículo 3º.-Regístrese, elévese copia al Ministerio de Hacienda y Finanzas, pase al Boletín Oficial para su publicación, cumplido ARCHÍVESE.
-C.P.N. Javier Darío FORNERO, Director General de Rentas.-