RESOLUCION GENERAL Nº 26-2012
DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN GENERAL Nº 53/08.[1]
Publicado en B.O. Nº 3013 del 07-09-2012.-
Operador de Digesto: R. S.-
Santa Rosa, 31 de Agosto de 2012
VISTO:
La Resoluciones Generales Nos. 28/03 y 53/08, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Aduanas, dependiente de la Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante la Resolución General N° 28/03 fue designada Agente de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;
Que la Administración Federal de Ingresos Públicos mediante la Resolución General Nº 2238 fijó la alícuota a aplicar en concepto de Impuestos al Valor Agregado y a las Ganancias a los sujetos inscriptos en el Registro de Importadores y Exportadores que no contaran con el Certificado de Validación de Datos de Importadores (C.V.D.I.);
Que atento a ello, esta Dirección General dictó la Resolución General Nº 53/08 estableciendo en el 3% la alícuota de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los sujetos que no acrediten el precitado Certificado ante la Dirección General de Aduana;
Que con fecha 16 de Agosto de 2012 la Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante
Resolución General 3373 derogó la Resolución General Nº 2238;
Que en consecuencia corresponde dejar sin efecto la Resolución General N° 53/08 de esta Dirección en razón de haber desaparecido las razones que justificaban su procedencia;
Por ello y, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 8º, 9º y 10 del Código Fiscal -t.o. 2010-
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- Déjase sin efecto, a partir del 1° de Septiembre de 2012, la Resolución General Nº 53/08.
Artículo 2º.- Regístrese, elévese copia al Ministerio de Hacienda y Finanzas, pase al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido, Archívese.-
C.P.N. Javier Darío FORNERO, Director General de Rentas.-