RESOLUCIÓN GENERAL Nº 24-2013 -DGR-
DELEGACIÓN DE LA FACULTAD DE SUSCRIBIR CONSTANCIAS DE INEXISTENCIA DE DEUDA.[1]
Estado de la Norma: VIGENTE.
Publicada en B.O. Nº 3069 del 04-10-13.-
Dictada el 25-09-13.-
Operador de Digesto: R. S.-
Santa Rosa, 25 de setiembre de 2013
VISTO
Las disposiciones contenidas en los artículos 8º, 9º y 36 del Código Fiscal (t.o.2010) y su Decreto Reglamentario, y
CONSIDERANDO
Que, analizando el proceso de emisión de constancias de inexistencia de deuda se evidencia la necesidad de adecuarlo a las exigencias que demandan las tramitaciones actuales, procurando reducir los tiempos de espera en la obtención de las mismas;
Que, en pos de lograr tal objetivo se considera procedente delegar en personal de esta Dirección General la facultad de extender las certificaciones aludidas, tanto del Impuesto a los Vehículos como del Impuesto Inmobiliario;
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1º: Delegar en los agentes administrativos que se detallan seguidamente, la facultad de suscribir constancias de inexistencia de deuda de los Impuestos Inmobiliario y a los Vehículos, excepto las que comprende la emisión de la certificación especial establecida por el artículo 165 del Código Fiscal (t.o.2010) y las requeridas por oficios judiciales.
Artículo 2º: Las constancias aludidas en el artículo anterior serán emitidas previa evaluación de los elementos probatorios obrantes en el Sistema Integral Tributario y los que aporte el solicitante, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 36 del Código Fiscal (t.o.2010), 8º, 9º y 11ºdel Decreto Reglamentario.
Artículo 3º: Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a la presente.
Artículo 4º: Regístrese, elévese al Ministerio de Hacienda y Finanzas, pase al Boletín Oficial para su publicación, cumplido.
ARCHÍVESE .C.P.N. Javier Darío FORNERO, Director General de Rentas.-