RESOLUCION GENERAL Nº 35-2014 -D.G.R.-
Establece condiciones a los efectos de integrar los padrones a utilizar en el sexto sorteo del año 2014
Publicado en B.O. N.º 3125 del 31-10-14.-
Dictado el 15-10-14.-
Operador del Digesto: Y.A.C.-
Santa Rosa, 15 de Octubre de 2014
VISTO:
El Decreto Nº 107/14 del Poder Ejecutivo Provincial por el cual se instrumenta la realización de los sorteos establecidos por la Ley Nº 2759 -Impositiva año 2014-y
CONSIDERANDO:
Que el citado Decreto dispone la realización durante el corriente año fiscal de siete (7) sorteos entre los contribuyentes de los Impuestos a los Vehículos e Inmobiliario Básico, estableciendo además, la forma y condiciones bajo las cuales se deberán desarrollar;
Que a fin de confeccionar los padrones necesarios para realizar el sexto sorteo del corriente año, el inciso 2) del artículo 5º del mismo Decreto faculta a esta Dirección General a fijar la fecha límite hasta la cual se verificará la inexistencia de deuda vencida y las últimas cuotas que deberán registrarse pagas para cada uno de los impuestos;
Por ello y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 8º y 9º del Código Fiscal (t.o. 2010):
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1º: Establecer que, a los efectos de integrar los padrones a utilizar en el sexto sorteo del año 2014, conforme a lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley Nº 2759 y el Decreto Nº 107/14, el vehículo o inmueble deberá registrar totalmente cancelados los respectivos cargos impositivos al día 30 de Setiembre de 2014. Para ello se verificará la inexistencia de deuda vencida hasta la cuota:
a) 4º del año 2014, para el Impuesto a los Vehículos,
b) 3º del año 2014, para el Impuesto Inmobiliario Básico Urbano y Suburbano,
c) 4º del año 2014, para el Impuesto Inmobiliario Básico Rural y Subrural.
Artículo 2º: Disponer que el día 29 de octubre de 2014 a las 22 horas, se emitirá por la pantalla de L.U. 89 TV Canal 3, el sexto sorteo del presente ejercicio entre los contribuyentes de los Impuestos a los Vehículos e Inmobiliario Básico que cumplan con las condiciones del Decreto Nº 107/14.
Artículo 3º: Regístrese, publíquese y pase al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.-
C.P.N. Javier Darío FORNERO, Director General de Rentas.-