Dictamen –ALG- Nº 396/2002

Defensoría del Pueblo Pampeano- FIA.

Emitido el 11-04-2002.-

 

Sr. Subsecretario de Justicia y Protección a la Comunidad: En atención a lo solicitado a fs. 25, esta Asesoría Letrada de Gobierno manifiesta lo siguiente: I.- A nivel nacional, mediante la modificación de la Constitución realizada en el año 1994, se implementó a través del artículo 86, al “Defensor del Pueblo”, dependiente del Congreso Nacional, con las atribuciones y deberes que allí se establecen. En función de ello, con el respaldo constitucional respectivo, se emitió la Ley 24.284, de la cual se adjunta su texto.- En ese mismo año, se efectuó la modificación de la Constitución de la Provincia de La Pampa, que en su nuevo redacción no incorporó a la figura del “Defensor del Pueblo”, aunque sí lo hizo –específicamente- con relación al “Fiscal de Investigaciones Administrativas” (cfe. art. 107 y Ley 1830). La cual aún no se encuentra en funciones.- II.- Si bien en el ámbito local no existe previsión constitucional expresa, como la que existe a nivel nacional, en principio, ello no constituiría un impedimento para su implementación práctica, aunque carecería del respaldo que la Constitución confiere y jerarquiza en el desarrollo de la función que se le encomienda.- Por otra parte, no debemos soslayar que la incorporación de la “Defensoría del Pueblo Pampeano”, -tal como se propone- corresponderá a la órbita del Poder Legislativo, circunstancia que, de alguna manera y en razón de la división de funciones constitucionales, resultaría obstativa para que sea el Poder Ejecutivo quien le proponga la creación del referido órgano, mediante la remisión de un Proyecto de Ley. Ello, de alguna manera implicaría una invasión institucional de competencia, situación que no ocurrió a nivel nacional, donde la propuesta surgió de la iniciativa de un miembro del Senado.- III.- No obstante ello, la relación presupuestaria corresponderá al análisis del Poder Legislativo y sin perjuicio de la participación que eventualmente pudiera tener el Ministerio de Hacienda y Finanzas, desde el ámbito del Poder Ejecutivo, especialmente en la coyuntura actual, donde de alguna manera se propende a la disminución del gasto público, tanto en el orden nacional, como provincial y municipal.-