DECRETO Nº 647-2017
Incorpora al Decreto 1656-2016 el artículo 38 “Bis”
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O. Nº 3252 del 07-04-17.-
Dictado el -29-03-17.-
Operador del Digesto: Y.A.C.-
Artículo 1º.- Incorpórase al Decreto N° 1656/16 el Artículo 38 "Bis":
"Artículo 38 Bis: Autorizar a la Ministra de Desarrollo Social a contratar en forma directa, sin límite de monto, los suministros necesarios para asistir a todas aquellas personas que fueron afectadas por el temporal de viento y lluvia acaecido en nuestra provincia, mientras dure la vigencia de la emergencia".-