Decreto Nº 1879-2021
Incorpora artículo al Decreto Nº
52/2021 sobre montos de contratación. [1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O.
3474 del 08-07-21.-
dictado el 25-06-21.-
Operador del Digesto:
M.L.E.-
Artículo 1°.-Incorpórase como artículo
32 bis al
Decreto N° 52/21, el
siguiente:
“Artículo 32
bis.-Autorízase al Presidente del
Instituto Provincial
Autárquico de Vivienda,
a la contratación directa y
hasta la suma
de PESOS OCHOCIENTOS
MIL ($ 800.000,00) para
la reparación y
readecuación de cada unidad de vivienda a los fines de su
acondicionamiento y/o adaptación para otorgarles las condiciones de
habitabilidad requeridas para su readjudicación.”.