Por Resolución Nº 72/2020, el Tribunal de Cuentas de La Pampa adhirió al Título I de la Ley N° 3218 que crea el “FONDO SOLIDARIO PARA LA EMERGENCIA SANITARIA” y al Decreto Reglamentario Nº 695/2020.
Dicha Ley creó el Fondo precitado con la finalidad de facilitar la adquisición y disposición de equipamiento y recurso humano tendiente a contribuir en la contención y mitigación del COVID-19, con vigencia durante el Estado de Máxima Alerta Sanitaria, invitando a adherir -entre otros- a los organismos constitucionales.
En tal sentido, el Poder Ejecutivo Provincial a través del Decreto N° 695/20 estableció la metodología para la implementación del Fondo respecto de los aportes que realizarán los funcionarios públicos dependientes de ese Poder, creando una Cuenta Corriente en pesos en el Banco de La Pampa SEM –Casa Central- N° 40500/7 a nombre de la Tesorería General de la Provincia.
Por ello, compartiendo la iniciativa, el Tribunal de Cuentas ha adherido a la misma mediante la Resolución de referencia, estableciendo la metodología de aplicación por la que cada funcionario público titular y/o subrogante dependiente del Tribunal deberá efectuar su aporte solidario a través del pertinente descuento de haberes.